Compliance en el Deporte: Confilegal

Leticia De La Hoz Calvo • 1 de febrero de 2022

‘Compliance’ en el deporte: todo lo que falta por hacer según IDBO Consultants

Rosalina Moreno

21/6/2022 06:50

Actualizado: 21/6/2022 08:13


CONFILEGAL


https://confilegal.com/20220621-compliance-en-el-deporte-todo-lo-que-falta-por-hacer-segun-idbo-consultants


IDBO Consultants destaca que la Real Federación de Fútbol del Principado de Asturias es «una de las primeras y de las pocas Federaciones españolas» en disponer de un canal de denuncias, «a pesar de ser necesario para organizaciones, entidades educativas y deportivas con presencia de menores». 

Un cauce a través del cual se pueden comunicar sospechas de incumplimientos, irregularidades y conductas contrarias al Código Ético, a las políticas y procedimientos internos adoptados por las organizaciones y, en general, a la normativa legal vigente.

El Gobierno aprobó el pasado 4 de marzo el Anteproyecto de Ley reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Una nueva ley que sancionará con hasta un millón de euros a quien tome represalias contra el alertador de corrupción u otras irregularidades.


La directora del departamento jurídico de IDBO ConsultantsLeticia de la Hoz, ha analizado el ‘Compliance’ en el deporte aprovechando que es «uno de los temas de los que más se está hablando en este sector ante el gran número de casos que han salido a la luz recientemente, de acoso, abuso e incumplimientos».


Es obligatorio por parte de las empresas privadas de 50 o más trabajadores y de muchos organismos públicos disponer de un canal de denuncias eficaz y que garantice los derechos de la persona que comunica una posible infracción, siguiendo la Directiva 2019/1937 de la Unión Europea, conocida como Directiva ‘Whistleblowing’.

Además, como señala a Confilegal, «los clubes, federaciones y asociaciones deportivas que tengan menores entre sus filas, están obligados a tener un delegado de protección del Deporte, que es una figura introducida por la ley Integral de protección al menor, por la que el delegado de protección tiene que tener una formación adecuada y suficiente para prevenir el abuso, el acoso y la discriminación, y tiene que saber cómo gestionar el canal de denuncias».

«La Federación Astuariana de Fútbol es una de las pioneras en aplicar la ley de protección integral de la infancia designando un delegado de protección del deporte, implementando un canal de denuncias adecuado a los requerimientos de la directiva y adecuando todos sus protocolos al cumplimiento normativo en materia de prevención del acoso, el abuso y la discriminación», apunta este letrada, y hace un llamamiento a que «la ley se cumpla».

“El ‘compliance’ es como la Constitución española, que establece unos principios para que, por ejemplo, un club de fútbol tenga una política de tolerancia cero frente a los delitos, la corrupción o los conflictos de intereses”, asevera esta experta en la materia.

Recuerda que los delitos que cometen las personas físicas pueden suponer responsabilidad penal para la persona jurídica. Se refiere, por ejemplo, a la condena al Barça por las irregularidades cometidas en la contratación de Neymar y que, según asegura, “supuso un antes y un después en el mundo del compliance”.

«Las irregularidades en la adjudicación a Qatar del Mundial para este año, los casos de amaños de partidos o los delitos con menores que han ocupado titulares en los medios podrían haber sido evitables si el deporte en general y el fútbol en particular, estableciese protocolos de prevención de delitos«, manifiesta esta abogada.

«Y más si hablamos de menores porque tras la aprobación de la Ley de Infancia en junio del año pasado, esos controles tienen que ser todavía más exhaustivos», subraya.




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